Medidas Fiscales del Decreto Ley 11/2020

El pasado día 9 de abril se publicó en el DOGC el DL 11/20, de 7 de abril, por el que se adoptan medidas económicas, sociales y administrativas para paliar los efectos de la pandemia generada por la Covid-19 y otras complementarias.

A efectos tributarios, este Decreto ley conlleva el establecimiento de nuevos períodos de presentación o ingreso en período voluntario para determinados impuestos propios y cedidos de la Generalitat de Catalunya.

La modificación más significativa a efectos de nuestros despachos es la modificación sobre el Impuesto sobre sucesiones y donaciones en la modalidad de sucesiones. Los hechos imponibles devengados antes del 14 de marzo de 2020, y para los que no hubiera finalizado, en esta fecha, el plazo de presentación e ingreso en período voluntario, el plazo comprenderá el tiempo que restaba en cada caso para la fecha límite de autoliquidación en esta fecha más dos meses adicionales.

En cuanto al Impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos, os recordamos que de acuerdo con el DL 6/2020 se pospuso el plazo de presentación de las autoliquidaciones correspondientes al periodo del 1 de octubre de 2019 al 31 de marzo de 2020, que pasará a ser entre los días 1 y 20 de octubre de 2020.

Por último y en cuanto al Impuesto sobre el Patrimonio, a pesar de ser un impuesto cedido a las comunidades autónomas, el plazo de presentación sigue siendo el mismo que la renta, el próximo 30 de junio.

Como siempre, para cualquier duda o más información sobre este tema te puedes dirigir a nuestro servicio de asesoría fiscal, hasta nuevo aviso, sólo por teléfono o mediante las asesorías en línea de la web colegial www.cafbl.cat.

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Dep. Prensa CAFBL
martes, 14 de abril de 2020