Celebración de Juntas de Propietarios
Te avanzamos alguna novedad respecto a la Fase 2 de desescalada, siguiendo la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, que regula la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional.
Celebración de Juntas de Propietarios
En Cataluña NO se pueden hacer reuniones de juntas de propietarios presenciales mientras no se levante el estado de alarma, en conformidad con lo que establece el Decreto Ley 10/2020 de 27 de marzo.
Además, en el momento en que las reuniones se puedan realizar presencialmente, se tendrán que seguir unas medidas de prevención en cuanto a la distancia social de seguridad. Harán falta espacios con superficies más grandes que los habituales, lo cual podrá suponer un coste más elevado.
En la imagen adjunta tienes ejemplos de como se deben medir las distancias y las superficies mínimas por asistente, aunque según el diseño de la sala, las zonas de paso, los accesos, los muebles y otras especificaciones, la citada superficie mínima podría ser mayor. Puedes descargártela en PDF HACIENDO CLIC AQUÍ.
Te recordamos que en ningún caso corresponde ni a la comunidad de propietarios ni al administrador facilitar a los asistentes medidas de protección personal como mascarillas, guantes, etc. No obstante, el uso de las mascarillas será obligatorio, según la normativa actual, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de 2 metros.
Además, antes y después de la reunión se tiene que proceder a la limpieza y desinfección de toda la instalación donde se desarrolle la reunión, con especial atención a las zonas de contacto con los asistentes.