RESOLUCIÓN SLT/2017/2020, por la que se adoptan medidas especiales en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de la COVID-19 en Catalunya

El pasado 29 de agosto se publicó en el DOGC la RESOLUCIÓN SLT/2017/2020, de 28 de agosto, por la que se adoptan medidas especiales en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en el territorio de Catalunya.

Esta Resolución establece la prohibición de encuentros y reuniones de más de diez personas tanto en el ámbito privado como en el ámbito público. No se consideran incluidas en esta prohibición las actividades laborales, las actividades de culto, los actos religiosos como casamientos, servicios religiosos, celebraciones y ceremonias fúnebres ni los medios de transporte público. 

Esta medida estará vigente hasta el día 12 de septiembre, sin perjuicio de que se pueda prorrogar. Las asambleas de propietarios que se hubieran convocado dentro de este plazo (29 agosto-12 septiembre, ambos incluidos) se tendrán que desconvocar. 

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Dep. Prensa CAFBL
martes, 01 de septiembre de 2020