El mes que viene se cumplirá el plazo de la implantación total de la Administración electrónica
Te informamos de que el próximo día 2 de octubre entrará en vigor la obligatoriedad de la implantación completa de la administración electrónica aprobadas en la ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Esta moratoria de dos años afectaba al sector público, habida cuenta que el Real decreto ley 11/2018, de 31 de agosto, establecíó una moratoria de 2 años para que la Administración llevara a cabo la implantación total de la administración electrónica: registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico, registro de empleados públicos habilitados, punto de acceso general electrónico (PAGE) y archivo único electrónico.
Esta moratoria no afectaba al sector privado. Nuestros clientes como son las comunidades de propietarios, comunidades de bienes o las sociedades, ya estaban obligados desde el 2 de octubre de 2016 a relacionarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos.
Además, si tenemos en cuenta que la cifra de notificaciones electrónicas se ha triplicado en los últimos tres años, se hace necesario que los despachos se replanteen la forma como gestionan las notificaciones electrónicas, quienes pueden acceder, quién lo archiva y gestiona los plazos que se inician con la descarga de una notificación. Todo este proceso de revisión y puesta a punto antes del 2 de octubre de 2020 será imprescindible para garantizar el desarrollo de nuestra actividad dentro del nuevo ámbito administrativo.
En este sentido, te recordamos que el CAFBL pone a tu disposición el servicio de Certificados Digitales, que aporta una solución integral para gestionar las notificaciones electrónicas, presentación de instancias, impuestos y declaraciones con diferentes Administraciones Públicas. Puedes hacerlo accediendo a la intranet del colegio, www.cafbl.cat, donde se puede realizar el pedido y solicitar gratuitamente la firma digital del colegiado.