Se prohíben las reuniones de comunidades de propietarios de más de 6 personas
El pasado sábado 26 de septiembre se publicó en el DOGC la RESOLUCIÓN SLT/2325/2020, de 25 de septiembre, por la cual se prorrogan y modifican las medidas especiales en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en el territorio de Cataluña.
Con el objetivo de romper las cadenas de transmisión comunitaria de contagio, uno de los principales cambios en esta Resolución es que se prohíben los encuentros y reuniones de más de seis personas, salvo que sean convivientes, tanto en el ámbito privado como en el ámbito público.
Esta medida estará vigente durante 15 días, hasta el 10 de octubre. Así pues, las reuniones de comunidades de propietarios de más de seis personas que se hayan convocado durante este plazo quedan prohibidas, debiéndose desconvocar.