Se pospone la obligación de implementación total de la Administración electrónica por las Administraciones públicas

En referencia a la circular GN0135/2020, enviada el 18 de septiembre, donde se comunicaba que el 2 de octubre entraba en vigor la obligatoriedad de la implantación completa de la administración electrónica aprobada en la ley 39/2015, te informamos que según el nuevo Real Decreto Ley 27/2020, de 4 de agosto, de medidas financieras, de carácter extraordinario y urgente, aplicables a las entidades locales, se ha pospuesto esta obligación hasta el 2 de abril de 2021.

Tal y como indica este RDL 27/2020, se modifica la Ley 39/2015, quedando redactada de este modo:

“Disposición final séptima. Entrada en vigor: La presente Ley entrará en vigor al año de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado". No obstante, las previsiones relativas al registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico, registro de empleados públicos habilitados, punto de acceso general electrónico de la Administración y archivo único electrónico producirán efectos a partir del día 2 de abril de 2021.”

Como siempre, te recordamos que el CAFBL pone a tu disposición el servicio de Certificados Digitales. Puedes hacerlo accediendo a la intranet del colegio, www.cafbl.cat, donde se puede realizar el pedido y solicitar gratuitamente la firma digital del colegiado.

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Dep. Prensa CAFBL
jueves, 15 de octubre de 2020