SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL CONTRA LOS DECRETOS LEY 17/2019 Y 1/2020 DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA
Se ha publicado la Sentencia del Tribunal Constitucional de 28 de enero de 2021, sobre el recurso 2577/2020 contra los Decretos Ley 17/2019 y 1/2020 de la Generalitat de Catalunya (enlace a la Sentencia TC 28/1/2021).
A continuación, te indicamos los puntos más relevantes de las principales decisiones del Tribunal que tienen efectos sobre nuestro colectivo. Clica en este enlace para acceder al breve resumen y además, a una Tabla sobre los preceptos impugnados y en el caso de los declarados inconstitucionales cuál es su consecuencia.
Primero: La inconstitucionalidad está analizada exclusivamente por aspectos formales de la regulación.
Segundo: La anulación de los nuevos supuestos y la prórroga del contrato de alquiler social obligatorio.
Tercero: La vigencia de todas las definiciones de gran tenedor.
Cuarto: La constitucionalidad de la nueva definición de vivienda vacía aunque esté ocupada.
Quinto: Sobre el índice de referencia
Sexto: La constitucionalidad de la obligación de HPO en suelo consolidado.
ACLARACIONES SENTENCIA TRIBUNAL CONSTITUCIONAL CONTRA LOS DECRETOS LEY 17/2019 Y 1/2020
- DECRETO LEY 17/2019, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para mejorar el acceso a la vivienda.
- DECRETO LEY 1/2020, de 21 de enero, por el cual se modifica el Decreto Ley 17/2019, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para mejorar el acceso a la vivienda.
Consecuentemente, sigue vigente la obligación de determinar la renta inicial de los contratos de arrendamiento de viviendas situadas en áreas con mercado de vivienda tenso, en función del Índice de Referencia de precios de alquiler y siguiendo la normativa establecida en esta Ley.
En relación con la LEY 11/2020 sobre CONTENCIÓN DE RENTAS, te informamos de que el Tribunal Constitucional, en fecha 28 de enero 2021, admitió a trámite el Recurso de Inconstitucionalidad contra los artículos 2, 2.2, 3.3, 3.4, 6, 7.1, 15.1 16.2 y 18 y contra las Disposiciones Adicionales 1ª y 4ª de esta norma, presentado por el PARTIDO POPULAR.
Este Recurso seguirá su trámite y, en el momento en que se dicte sentencia, te informaremos puntualmente.
Mientras tanto, sigue totalmente vigente y tenemos la obligación de determinar la renta de las viviendas en función de su normativa.